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El nuevo blindaje para los sindicatos que busca la reforma laboral

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El artículo 354 del Código Sustantivo del Trabajo está a punto de experimentar una transformación profunda y lo que antes era una norma enfocada en sancionar a quienes atentaran contra el derecho de asociación sindical, podría convertirse, de aprobarse la reforma laboral en curso, en una pieza clave para garantizar condiciones materiales y estructurales que fortalezcan el ejercicio sindical en Colombia.

La reforma, ya aprobada en la Cámara de Representantes y actualmente en debate en el Senado, propone sustituir el artículo vigente por uno mucho más detallado, ambicioso y alineado con los estándares de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y de esta forma, no solo ampliar el catálogo de conductas antisindicales, sino establecer derechos concretos para los sindicatos y sus representantes.

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Del castigo a la garantía

Para entender mejor lo que está sucediendo, hay que decir que el artículo actual está centrado en prohibir y sancionar conductas atentatorias contra el derecho de asociación, para lo cual define cinco tipos de violaciones y establece una multa de entre 5 y 100 salarios mínimos mensuales legales vigentes, aplicable por el funcionario administrativo del trabajo.

En cambio, el nuevo texto (incluido tanto en la ponencia aprobada por la Cámara como en la alternativa del Pacto Histórico) propone un giro estructural, al reemplazar las sanciones específicas por una serie de mecanismos preventivos y obligaciones para los empleadores, en las que se obliga al Gobierno a ser más activo en la materia.

Marchas de los sindicatos

Marchas de los sindicatos

César Melgarejo/ EL TIEMPO

Este enfoque garantista se expresa, por ejemplo, en la exigencia de permisos remunerados para los representantes sindicales, cuya regulación podrá darse por medio de convenciones colectivas, pactos o acuerdos entre las partes; además de la obligatoriedad de reuniones mínimas semestrales entre los directivos de la empresa y los representantes de las organizaciones sindicales.

Otro de los ejes del nuevo artículo es el fortalecimiento del derecho a la información económica, punto en el que el texto reconoce expresamente que las organizaciones sindicales tienen derecho a conocer la situación social, económica y financiera de la empresa o grupo empresarial, con el fin de que puedan ejercer una vigilancia más activa e informada sobre la gestión empresarial.

Además, exige que los empleadores habiliten canales físicos y virtuales para facilitar la comunicación entre las organizaciones sindicales y sus afiliados, es decir, que los sindicatos no solo tendrán derecho a comunicarse, sino que las empresas estarán obligadas a facilitar esa comunicación, adaptándola a los medios internos existentes.

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Nuevas prohibiciones

Mientras que el artículo vigente incluye cinco conductas atentatorias contra el derecho de asociación sindical, la propuesta que se debate en el Congreso eleva esa lista a doce, detallando con mayor precisión los tipos de acciones que podrán ser consideradas como violatorias, como obstaculizar el acceso a permisos sindicales.

Así mismo, los empleadores no pueden negarse al diálogo obligatorio, impedir el uso de medios de comunicación sindical o discriminar laboralmente por razones como orientación sexual, identidad de género, etnia, estado civil o afiliación sindical.

Reforma laboral

Reforma laboral.

Imagen generada con Inteligencia Artificial – ChatGPT

Cabe resaltar que desde el Pacto Histórico se incluye la “condición de discapacidad” como categoría protegida frente a la discriminación laboral antisindical y aunque el resto del texto coincide con lo aprobado en Cámara, esta adición amplía el alcance inclusivo de la norma y refuerza el enfoque de derechos humanos en el mundo del trabajo.

Si bien el nuevo texto del artículo 354 no fija directamente sanciones económicas, como pasa en la anterior, se remite al régimen de inspección, vigilancia y control del Ministerio del Trabajo y deja el componente sancionatorio sujeto a desarrollo reglamentario; teniendo claro que la transformación central no está en el castigo, sino en la apuesta por prevenir los conflictos laborales a través del reconocimiento formal.

Con todo esto, la reforma al artículo 354 representa más que un ajuste legal y apuesta por un cambio en la arquitectura de las relaciones laborales en Colombia, dado que al abandonar un enfoque estrictamente punitivo y adoptar uno estructural y garantista, el proyecto en discusión busca saldar una deuda histórica con los derechos colectivos del trabajo.

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