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Así quedó el texto de la reforma laboral sancionada por el presidente Petro

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El miércoles -25 de junio- el presidente de la República, Gustavo Petro, sancionó la reforma laboral como Ley de la República, cuyo texto final fue conciliado entre la Cámara de Representantes y Senado. Con ello se realizan modificaciones a las condiciones laborales de los trabajadores en el país, y se regulan otras modalidades (que surgen de las necesidades actuales) como el teletrabajo o los domiciliarios que trabajan a través de aplicaciones.

Puntos principales de la reforma laboral

– La jornada diurna va desde las 6:00 a. m. hasta las 7:00 p. m.; la jornada nocturna que irá entre las 7:00 p.m. y las 6:00 a. m. con un recargo por trabajo nocturno del 35%.

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– Recargo dominical y festivos que se pagará al 100 % con una implementación gradual que será desde el 01 de julio 2025 inicialmente un 80%; 1 de julio de 2026 de 90% y en la misma fecha en 2027 del 100%.

Contrato de aprendizaje: El aprendiz recibirá el 75% del salario mínimo en etapa electiva (debe ser afiliado a salud y ARL) y un salario mínimo en la fase práctica. Tendrá derecho a seguridad social integral, prestaciones sociales y demás beneficios laborales. “Si es una formación dual, el aprendiz recibirá como mínima durante el primer año el equivalente al 75% de un (1) salario mínimo legal mensual vigente y durante el segundo año el equivalente al (100%) de un (1) salario mínimo legal mensual vigente. Si es formación tradicional, el aprendiz recibirá como mínimo en la fase lectiva el equivalente al 75% de un SMLV y en la parte práctica, el apoyo del sostenimiento será equivalente al cien par ciento (100%) de un salario mínimo mensual legal vigente“. En el caso de los universitarios, se exige el pago de 1 SMLV.

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Los contratos a término fijo tendrán un límite de 4 años, la regla será la suscripción de contratos a término indefinido.

– En cuanto al trabajo a través de plataformas digitales, se reconocen dos formas de vinculación: una relación laboral de carácter dependiente y subordinado, regida por el Código Sustantivo del Trabajo; y una relación autónoma e independiente, correspondiente a los repartidores, quienes deberán estar afiliados al Sistema de Seguridad Social.

– Se expedirá una política pública de apoyo al trabajo agropecuario.

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Formalización laboral progresiva de las personas manipuladoras de alimentos del Programa de
Alimentación Escolar, PAE; la vinculación de las madres comunitarias, trabajadores de hogares infantiles y madres sustitutas como trabajadores oficiales y la flexibilidad de jornada para trabajadores y responsabilidades familiares del cuidado; entre otras.

teletrabajo trabajo remoto

Teletrabajo

IStock

En el caso del teletrabajo, existirán las siguientes figuras:

*Teletrabajo autónomo (el trabajador/a elige su lugar de trabajo).

*Teletrabajo móvil (sin un lugar definido para trabajar).

*Teletrabajo híbrido (cuando se laboran unos días desde casa, y otros en una oficina definida por el empleador).

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* Teletrabajo transnacional (cuando el trabajador ejerce sus funciones para una compañía desde otro país y el contrato se celebró desde Colombia).

*Teletrabajo temporal o emergente (en caso de emergencias).

*Auxilio de conectividad (nace en reemplazo del de transporte, en donde el pago sea inferior a los 2 SMLV). 

Repartidores de Rappi

Repartidores de Rappi

El Tiempo

Se incluye también un beneficio para el empleado, siempre y cuando demuestre que su método de transporte es la bicicleta, por lo cual tendrá derecho a un día de descanso pago, cada seis meses.

En el caso de los repartidores o domiciliarios registra que: “Cuando el trabajador digital en servicios de reparto tenga la calidad de dependiente y subordinado, la empresa de plataforma digital de reparto deberá realizar los pagos correspondientes al sistema integral de seguridad social en las proporciones definidas en las normas vigentes“.

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En relación con los trabajadores/as independientes y autónomos, y sin que ello desnaturalice tal condición, la empresa de plataforma digital de reparto concurrirá en el pago de aportes a salud y pensión en 60%, frente a un 40% a cargo de la persona trabajadora. Se garantizará el cubrimiento en materia de riesgos laborales a cargo exclusive de la empresa. El ingreso base de cotización para los aportes a salud, pensión y riesgos laborales se calculará con base en el 40% de la totalidad de ingresos que reciba el trabajador digital en servicios de reparto a través de la plataforma digital respectiva”, agrega el texto“.

PORTAFOLIO

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