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Cómo compensar el tiempo no cotizado y no perder dinero en tu … – Business Insider España

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Este año 2023 llega con novedades en las pensiones, tanto las contributivas como las no contributivas e incluidas las de jubilación.
La subida de un 8,5% en lo que cobrarán los pensionistas cada mes es posiblemente la más importante, pero también figuran otras, relacionadas con la nueva edad de jubilación y con las cotizaciones.
El progresivo retraso en la edad mínima de jubilación hasta 2027 ha llevado a que este 2023 una persona solo pueda jubilarse a los 65 años si ha cotizado 37 años y 9 meses como mínimo. Por el contrario, si el cálculo de cotización queda por debajo de esta cantidad, tendrá que esperar a los 66 años y 4 meses para poder retirarse con el 100% de lo que le corresponde (2 meses más tarde que en 2022).
Así quedan las pensiones para 2023: esto es lo que cobrarás
En línea con esto, también suben las cotizaciones para cobrar el 100% de la pensión: este año es necesario haber cotizado un mínimo de 36 años y 6 meses —medio año más que en 2022—, incluso aunque se haya esperado a los 66 años y 4 meses para la jubilación.
La cantidad a la que asciende cada pensión se calcula aplicando a la base reguladora el porcentaje general que corresponda en función de los años cotizados y, en su caso, el porcentaje adicional para quien se jubile más tarde de lo ordinario y el coeficiente reductor que corresponda. 
Esta base reguladora sale de tener en cuenta los 25 últimos años antes de la jubilación: a partir de 2022, se halla dividiendo esos 300 meses inmediatamente anteriores entre 350.
De esta manera, los periodos en los que no se haya cotizado durante ese tiempo podrían influir sobre la cuantía de la pensión, con la correspondiente pérdida de dinero.
Sin embargo, el sistema de pensiones incluye una especie de mecanismo que permite reducir el impacto de esos periodos sin cotizar sobre lo que cobrarás en tu pensión.
Se trata de la integración de lagunas: una manera de rellenar esos vacíos o huecos que no tienen cotizaciones y que pueda haber en tus 25 últimos años, recoge El Economista.
Esta integración de lagunas se aplica, como informa la Seguridad Social en su página web, "si en el período que haya de tomarse para el cálculo de la BR [base reguladora] aparecieran meses durante los cuales no existiera obligación de cotizar".
En ese caso, se procedería de la siguiente manera: las primeras 48 mensualidades se integrarán con la base mínima de entre todas las existentes en cada momento, mientras que el resto se 'rellenan' con el 50% de esa base mínima.
La aplicación será diferente para las personas que se rijan por la legislación anterior a 2013: en este caso, las lagunas de cotización se integrarán con la base mínima de cotización, vigente en cada momento, en el Régimen General para los trabajadores mayores de 18 años, establece el servicio.
No todas las personas trabajadoras han podido beneficiarse de este mecanismo para rellenar los huecos de periodos en los que no se ha cotizado
Así, no había integración de lagunas para el cálculo de la base reguladora de la pensión de jubilación para los trabajadores incluidos en el sistema especial para empleados de hogar, desde el año 2012 hasta el año 2022, como figura en la sede electrónica de la Seguridad Social.
De igual forma, a partir de 2012 para los trabajadores por cuenta ajena agrarios "solo se tendrán en cuenta los períodos realmente cotizados", por lo que no se aplica este beneficio, aclara.
Por último, el portal de la Seguridad Social recoge los casos especiales de personas con contratos a tiempo parcial, de relevo o fijos discontinuos.
Para ellos, se debe tener en cuenta que la integración de los periodos en los que no ha habido obligación de cotizar se realiza con la base mínima de cotización de entre las aplicables en cada momento, correspondiente al número de horas contratadas cuando se interrumpió o extinguió esa obligación de cotizar.
Cómo saber cuánto cotizas a la Seguridad Social según el sueldo que ganas
Si esta tiene lugar solo durante una parte del mes, la integración procederá por la parte "en que no exista obligación de cotizar, siempre que la base de cotización correspondiente no alcance la cuantía de la base mínima citada".
No obstante, no están consideradas como lagunas de cotización "las horas o días en que no se trabaje en razón a las interrupciones en la prestación de servicios derivadas del propio contrato a tiempo parcial", matiza. 
La excepción a este punto se encuentra en los períodos entre temporadas o campañas de los trabajadores con contrato de trabajo fijo-discontinuo, concluye el organismo.
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