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Con una votación unánime de 51 legisladores, el Senado sancionó este jueves la ley que declara “el 18 de julio de cada año como Día de Duelo Nacional, en homenaje a las víctimas del atentado terrorista perpetrado el 18 de julio de 1994 en la sede de la Asociación Israelita Argentina (AMIA) contra la República Argentina”.
El texto establece que el 18 de julio, “la Bandera Nacional permanecerá izada a media asta en los edificios y lugares públicos” y que “el Ministerio de Educación, mediante el Consejo Federal de Educación, en coordinación con las autoridades educativas de las provincias y la Ciudad de Buenos Aires, dispondrá los medios necesarios a fin de que los establecimientos de educación pública primarios y secundarios de gestión estatal y privada, organicen y desarrollen actividades conmemorativas para dicha fecha”. Otro punto del proyecto es que se “invita a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adoptar similares medidas”.
Desde el oficialismo, el libertario y titular de la comisión de Justicia y Asuntos Penales, Juan Carlos Pagottto (La Rioja), dejó en claro que “ensombrece a la historia argentina que hasta el día de hoy no hayamos tenido el resultado de sancionar a aquellos que perpetraron” el atentado terrorista, al que calificó de “hecho de guerra en territorio nacional”.
En tanto, el legislador del opositor Frente de Todos Guillermo Andrada (Catamarca) alertó sobre las intenciones de los grupos terroristas de “sembrar miedo” y “generar pánico”. Seguido a ello, advirtió que “la semilla del terrorismo son los discursos de odio” y que existe una “plataforma fácil con las redes sociales”.
Andrada luego apuntó a que “decretar un día de duelo es una manifestación que tiene un país” para “que a partir de allí no vuelva a ocurrir”, y direccionó la interpretación de esto en “tres planos”: establecer medidas de prevención por mensajes de odio; la actuación de la justicia sin mala intención y que se lleven a los culpables; y que se exprese la tristeza del país por lo sucedido.
“Es una de las heridas más profundas que tiene la Argentina. Hay un dolor más, que es la impunidad”, enfatizó el radical Rodolfo Suarez, quien recordó -como ex gobernador de Mendoza- que el duelo en dicha provincia “existe hace tiempo” y coincidió con Andrada en “mantener la memoria activa”.
Por su parte, la peronista disidente Alejandra Vigo (Córdoba) recordó fallos de tribunales internacionales en relación con un crimen de lesa humanidad y recordó la presentación de un proyecto sobre “juicio en ausencia”. Minutos después, el misionero renovador -no massista- Carlos Arce contó su experiencia como médico residente en el atentado contra la embajada de Israel en la Argentina.
Sobre el final del debate, el jefe del kirchnerismo, José Mayans, primero adhirió a las opiniones realizadas por legisladores, aunque luego habló de “misiles que destruyen hospitales” e “inocentes” que “pagan por pecadores”. Y resaltó: “Sin tener nada que ver ven cambiada su vida”.
La iniciativa que no pudo aprobarse y girarse a Diputados, en medio de la actualidad del caso Loan -el niño que desapareció en Corrientes-, fue la que impone “prisión de cuatro (4) a diez (10) años al que reciba y a quien entregue un niño o niña, haya mediado o no precio, promesa de retribución o cualquier otro tipo de contraprestación”.
En realidad, el proyecto fue avalado en general y de manera unánime por 63 legisladores del oficialismo y la oposición. No obstante, un movimiento errático sobre potenciales cambios en el recinto realizado por el libertario Pagotto, sembró dudas sobre el tema -hubo una fuerte puja sobre el artículo 1 del texto- y todo derivó en el regreso a comisión.
Antes que fracasara el tratamiento en particular, la radical Carolina Losada -principal impulsora de la iniciativa- acusó al pleno de querer volver a “foja cero” y no avanzar con el texto. La realidad le marcó a la santafecina que tanto el PRO, la UCR, el kirchnerismo y una parte del peronismo disidente -no así el correntino Carlos Espínola- se mostraban unidos en cuanto al regreso a comisión de la ley.
Lo que trabó esa discusión fue, en su primer artículo, el párrafo para que queden “exentos de pena el progenitor que, entregare a su hijo/a en las condiciones dispuestas en el artículo 139 bis, cuando mediare situación de vulnerabilidad, ignorancia o facultades mentales alteradas, exceptuando aquellos casos donde se denoten antecedentes relacionados a los artículos comprendidos en este Capítulo”.
Fue ocurrente la mención realizada por el santacruceño José María Carambia, en cuanto a que ese párrafo significaba que un padre podría llegar a vender a un hijo “y por una vez está todo bien”. “Si la intención es buscar paliativo un atenuante, se tendría que redactar de otra forma”, concluyó.