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En el limbo de la reforma pensional: ¿qué pasará con la ley y los ahorradores?

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La reforma pensional promovida por el Gobierno Nacional no entrará en vigencia el próximo 1 de julio, como estaba previsto, luego de que la Corte Constitucional, en una decisión unánime adoptada por su Sala Plena, suspendiera la aplicación de la Ley 2381 de 2024 tras encontrar un vicio de procedimiento en su trámite legislativo.

En una decisión socializada en las últimas horas, el alto tribunal ordenó devolver el proyecto a la Cámara de Representantes para que subsane el error y repita una votación clave, abriendo la duda entre la ciudadanía sobre qué pasará con los cambios que estaban previstos y los derechos adquiridos por miles de colombianos.

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La decisión se produjo mediante el Auto 841 de 2025, que instruye a la Cámara reabrir el cuarto debate del proyecto y someter a votación una proposición sustitutiva presentada el 14 de junio de 2024 por la representante María del Mar Pizarro y otros congresistas y según lo establecido, esta nueva discusión deberá durar al menos tres horas y realizarse en un plazo máximo de 30 días hábiles, contados a partir de la notificación oficial.

Mientras no se corrija este procedimiento, la reforma permanecerá en suspenso. No obstante, cabe resaltar que esto solo se podrá hacer en sesiones ordinarias, por lo que habría que esperar hasta el próximo período legislativo y el plazo fijado para la entrada en vigencia de la ley, quedará en veremos.

Martillo

Archivo Portafolio.co

Un salvavidas

Esto, debido a que el fallo, aunque no tumba la ley, congela todo su efecto normativo, tal y como explican expertos como Camilo Cuervo, abogado y socio de Holland & Knight, para quien el Congreso deberá actuar con mayor rigor técnico, especialmente considerando que a partir del 20 de julio cambia la presidencia de la Cámara y el Gobierno perderá las mayorías que tuvo durante el trámite inicial.

La Corte le está dando un salvavidas a la reforma, pero deja claro que el principio democrático no puede vulnerarse. Se votó en bloque y sin debate, lo cual implica un vicio que ahora debe corregirse”, dijo este analista.

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Desde el punto de vista operativo, el gremio Asofondos se pronunció sobre la suspensión y su presidente, Andrés Velasco, destacó que la Corte se pronunciara antes de la fecha límite del 1 de julio, evitando así lo que calificó como “complicaciones operativas y jurídicas”.

Asofondos, que agrupa a las administradoras Colfondos, Porvenir, Protección y Skandia, reiteró que seguirá participando en la discusión de un sistema pensional que beneficie a los trabajadores colombianos y anunció que permanecerán atentos a la publicación oficial del Auto para calcular los tiempos que tomará el nuevo trámite.

Reforma pensional

¿Es necesario revisar cuántas semanas cotizadas tiene?

Collage armado con iStock y Canva

“Aunque la norma quedó suspendida en su integridad, el fallo de la Corte estableció dos excepciones que son el artículo 12, que trata sobre la selección de las Administradoras de Componentes de Ahorro Individual (ACCAI), y el artículo 76, que define la ventana de oportunidad para el traslado entre regímenes”, explicó Velasco.

Para este gremio, lo anterior se traducen en que las ACCAI continúan existiendo jurídicamente, aunque no estén operativas; que los traslados efectuados bajo la ventana se mantienen en firme, y que dicha ventana sigue abierta, al menos mientras la Corte no dicte lo contrario en su revisión definitiva.

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Giro inesperado

Desde el ámbito académico, Julio Enrique Duarte, decano de la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas de la Universidad de San Buenaventura, señaló que la decisión representa un “giro inesperado”, pero no una derrota total para el Gobierno.

“La reforma no ha sido invalidada, pero su entrada en vigor queda en suspenso hasta que se repita la votación. Esto otorga tiempo adicional para negociar apoyos y corregir errores, sin desmoronar el contenido de la propuesta”, explicó.

Sanción reforma pensional

Sanción reforma pensional.

Cortesía – Presidencia / A.P.I.

A su juicio, esta pausa abre una nueva ventana de oportunidad para revisar aspectos sensibles como el régimen de transición, los umbrales de cotización y la edad de pensión; que vienen generando ruido en diversos sectores de la opinión pública, por los efectos que tendría en su aplicación, en caso de que entre en vigencia.

Para los afiliados al sistema pensional, nada cambia en el corto plazo, ya que el actual esquema, que divide la cotización entre el régimen público de Colpensiones y los fondos privados, se mantiene vigente y no habrá traslados automáticos ni modificación de los requisitos para pensionarse, como edad o semanas cotizadas.

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Sin embargo, persiste la incertidumbre jurídica sobre los efectos que ya venía generando la reforma en su fase de preparación, especialmente en relación con la figura de las ACCAI.

Ante esto, Camilo Cuervo advierte que si la Cámara incumple los tiempos o no realiza correctamente el debate exigido por la Corte, las consecuencias serían graves, ya que “el incumplimiento podría conducir a la declaración de inconstitucionalidad de la ley. En ese caso, la reforma se hundiría completamente”.

Reforma pensional

Plenaria de la Cámara de representantes se aprobó la reforma pensional.

Néstor Gómez/ Portafolio

En este sentido, también señaló que, dado el nuevo escenario político, en el que el Gobierno pierde fuerza en la Cámara y se aproximan las elecciones de 2026, los congresistas podrían actuar con más cautela y abrirse a ajustes de fondo en el texto normativo, lo cual sería contraproducente para las intenciones de la Casa de Nariño.

Otro efecto inmediato de la suspensión es el financiero, punto en el que los expertos indicaron que el Gobierno dejará de recibir aproximadamente $1,5 billones mensuales que esperaba canalizar a través de Colpensiones una vez la reforma entrara en vigor.

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En ese sentido, el fallo también implica una pérdida de margen fiscal para el Ejecutivo, si se tiene en cuenta que “en el mejor de los casos, la reforma se reactivaría en 2026, ya bajo otro Gobierno. Eso cambia por completo el panorama político y desactiva el uso de la reforma como herramienta de campaña”, según agregó Camilo Cuervo.

Desde el Gobierno, el ministro del Trabajo, Antonio Sanguino, insistió en que la decisión de la Corte debe ser vista como una oportunidad para corregir el trámite y legitimar una reforma histórica y que “lo que procede ahora es que la Cámara termine de tramitarla siguiendo la orden de la Corte Constitucional. Seguramente el presidente de la República convocará sesiones extraordinarias para que ese trámite ocurra en el menor tiempo posible”.

Reforma pensional

¿Cuáles son los pilares?

iStock

Sanguino también reiteró que la voluntad del Ejecutivo es mantener el texto aprobado en el Senado, sin alteraciones sustanciales, para que la implementación pueda darse “lo antes posible”; al tiempo que insistió en que la reforma busca garantizar una vejez digna y cerrar las brechas del sistema actual, donde más del 70% de los adultos mayores no recibe pensión alguna.

Aun así, para muchos expertos el camino de la reforma se ha tornado incierto, puesto que con el cambio de correlación política en el Congreso, la reapertura del trámite podría dar lugar a una renegociación profunda del articulado.

“Podría salvarse, podría hundirse, o podría transformarse por completo. Lo único claro hoy es que el Congreso debe dar el debate que no dio antes, y que los colombianos merecen una reforma seria, técnica y sostenible”, concluyó Julio Enrique Duarte.

Mientras tanto, los cotizantes deben seguir con normalidad en su régimen actual. La reforma sigue viva, pero en el limbo.

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