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‘Falta bastante por reglamentar de la reforma pensional': Asofondos

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Cada vez queda menos tiempo para que empiece a regir la nueva reforma pensional y en medio de la expectativa que hay en el mercado por la reglamentación pendiente, esta semana vence el plazo para que los colombianos elijan la Administradora del Componente Complementario de Ahorro Individual que manejará sus ahorros pensionales.

Andrés Velasco, presidente de Asofondos, habló con Portafolio sobre esta transición y explicó quiénes deben hacer este proceso y cómo realizarlo, luego de la luz verde que entregó la Superintendencia Financiera a Colfondos, Porvenir, Protección y Skandia; para que fueran las primeras Accai en el sistema pensional.

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¿Cuál fue el aval recibido?

La reforma pensional, que se sancionó el 16 de julio del año 2024, estableció la creación de un nuevo actor del sistema que se está implementando, que son las Accai y con la regulación que expidieron desde el Gobierno posteriormente, todas las entidades que estaban habilitadas se podían certificar.

Esto es una licencia que expide la Superintendencia Financiera y quedó totalmente reglamentada el pasado 24 de diciembre, aunque se conoció públicamente hasta el día 27. Si bien dejó muy corto tiempo, teníamos todo listo y nos presentamos, logrando ser los primeros en recibir el aval para operar.

Sanción reforma pensional

Sanción reforma pensional.

Cortesía – Presidencia / A.P.I.

¿Ahora sigue la gente?

Tan pronto como salió el decreto, Colfondos, Porvenir, Protección y Skandia se postularon, y ahora con el aval, las personas deben elegir cuál será esa Administradora que manejará sus ahorros pensionales, tal y como advierte la reforma pensional. El punto es que tienen hasta el 16 de enero, el próximo jueves y quedan pocos días.

¿Esto aplica para todos?

No, sólo para los colombianos a los cuales les aplica esta parte de la reforma pensional. Es decir, que no están en el régimen de transición, o sea, mujeres que no alcanzaron las 750 semanas y los hombres que no alcanzaron las 900 semanas.

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También están aquellos que tengan cotizaciones o salarios por encima de 2,3 salarios mínimos mensuales, que en términos del año 2025 van a tener que hacer aportes a Colpensiones, pero de igual forma al componente complementario de ahorro individual, proporcional por el exceso de su ingreso que esté por encima de los 2,3 salarios.

¿Qué hay que hacer?

Empecemos porque hay que elegir una Accai. No obstante, de los que han venido cotizando en fondos privados lo que se dijo es que ellos continúan utilizando a la misma entidad como administradora, tal cual como pasaba en los fondos de pensiones.

Pero los colombianos que están cotizando solamente en Colpensiones, que están afiliados allí, y que superan los 2,3 salarios mínimos, van a necesitar una Accai y deberán salir a completar ese proceso. Todo se hace entrando a las páginas de las cuatro administradoras habilitadas y eligiendo en cuál se quieren quedar.

Andrés Velasco, nuevo presidente de Asofondos

Andrés Velasco, presidente de Asofondos.

Cortesía – Asofondos

¿Los que están en fondos privados se quedan quietos?

Yo creo que si uno ya tomó la decisión de que quiere seguir en algún fondo, es importante entrar a la página web y validar la información. Es un proceso que es relativamente sencillo, rápido y gratuito. Entonces, si uno tiene una preferencia definida por una de las cuatro Accai, es mejor colocarla así uno esté inscrito en una AFP.

¿Qué pasa si no se hace?

Reiteremos que es un proceso simple y solo requiere acceso a internet. Dicho esto, si se pasa el 16 de enero y no se hace esto, la ley deja en cabeza del Gobierno Nacional a través de la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP) la asignación de Accai de manera aleatoria, entre las que ya fueron habilitadas.

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Ahora bien, si la persona no queda conforme con la asignación aleatoria, pasados seis meses pueden solicitar un cambio de administradora y repetir el proceso hasta que encuentre alguna que satisfaga sus necesidades.

¿Qué pasará con la plata ahorrada en las AFP?

La plata que usted ya tiene ahorrada al 1.º de julio, o sea, al 30 de junio del año 2025, va a seguir siendo administrada por la Administradora de Fondos de Pensiones y va a continuar en su fondo de pensiones, y solo va a salir de ahí cuando usted cumpla con los requisitos pensionales y en ese momento la UGPP le va a girar los recursos de acuerdo a lo que se determine a Colpensiones, para que Colpensiones sea el pagador de su pensión.

Entonces, el stock, el ahorro, el saldo que usted haya dado hasta el 30 de junio del año 2025, va a continuar siendo administrado por la Administradora de Fondos de Pensiones hasta que usted se pensione.

Adultos mayores

Adultos mayores.

Archivo Particular

¿Está todo listo para la reforma?

La reglamentación ha ido saliendo, ya hay dos decretos afuera. El primer decreto era sobre el régimen de transición y el segundo decreto salió, como decía el 27 de diciembre, pero esperamos al menos dos decretos más. Falta bastante por reglamentar, recordemos que cerca del 60% de la reforma tenía que ser reglamentada.

¿Qué puntos concretos?

Desde la perspectiva de las administradoras de fondos de pensiones, queda pendiente todo lo relacionado con la habilitación para ofrecer productos fiduciarios de largo plazo. Es importante recordar que el nuevo esquema pensional reduce significativamente los subsidios para los pensionados colombianos, lo que implica que las personas con altos ingresos necesitarán incrementar su ahorro.

Para ello, uno de los vehículos habilitados por la ley son precisamente las administradoras de fondos de pensiones. Este reglamento aún está por definirse.

¿Qué otras cosas?

También está pendiente la reglamentación que regirá la administración del Fondo de Ahorro por parte del Banco de la República, además de especificar cómo se establecerán las reglas del juego para los nuevos regímenes de inversión, que evitarán la lógica de cuentas generacionales. Hasta ahora, las administradoras de fondos de pensiones invertían los ahorros de los trabajadores colombianos basándose en perfiles de riesgo.

Existían tres perfiles de riesgo: conservador, moderado y de alto riesgo, diseñados para ajustarse a diferentes niveles de riesgo y rentabilidad. Sin embargo, con la reforma establecida en la Ley 1831, se busca que los nuevos ahorros funcionen bajo una lógica de cuentas generales humanas, un enfoque que marcará un cambio significativo en la gestión de las pensiones en Colombia.

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