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Lo que le cuesta a una empresa contratar a un trabajador que devenga un salario mínimo

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Las negociaciones en torno al salario mínimo del próximo año se encuentran en un punto crítico. A pocos días de que se cumpla el último plazo (30 de diciembre) para que la mesa tripartita llegue a un acuerdo respecto al incremento, el panorama continúa siendo incierto. 

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Para entender mejor la importancia de esta concertación hay que tener en cuenta que a lo largo de la discusión se tienen en cuenta múltiples factores. Más allá de la inflación y de la cifra de productividad, dos elementos claves para fijar la cifra, las partes también contemplan otros elementos como el impacto que este aumento tendrá tanto para los trabajadores como para los empleadores. 

En este último caso, entran a jugar un papel importante los costos laborales. Es decir, aquellas obligaciones que asume el empleador cuando contrata a un trabajador con el salario mínimo. 

En el marco de la negociación entre representantes del Gobierno, gremios empresariales y sindicatos, le explicamos cuáles son esos costos que deben asumir las empresas al contratar a un colaborador que devenga el sueldo mínimo. 

(Lea más: Semana decisiva: ¿hasta cuándo tienen plazo las partes para definir el alza del mínimo?)

Salario mínimo y auxilio de transporte

El salario mínimo, como su nombre lo indica, hace referencia a la cantidad mínima de dinero que un empleador está obligado a pagar a los colaboradores que se ocupan en una jornada laboral completa. Actualmente, esta cifra se ubica en $1’160.000.

El monto de esta remuneración se actualiza de manera anual y su ajuste tiene un efecto en el cálculo de otras obligaciones que se liquidan con base al salario que se cobra. 

Esta retribución suele ir acompañada del auxilio de transporte, una prestación que tiene como objetivo compensar una parte de los gastos de traslado de los trabajadores desde su casa hasta el lugar donde laboran. Esta ayuda está dispuesta para aquellos colaboradores que ganan hasta 2 salarios mínimos mensuales y a la fecha tiene un valor de $140.606.

(Más noticias: Salario mínimo 2024: las 10 claves de la semana en la que se definirá el aumento)

Salario mínimo

Salario mínimo.

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(Lea más: ‘Propuesta’ de AmCham para el alza del mínimo: un punto adicional a cifra de inflación)

A esta lista de gastos se suman otras obligaciones como los aportes a seguridad social, las prestaciones sociales, las vacaciones y, en algunos casos, la dotación. 

En el primer grupo están integrados los aportes a salud y pensión.

Con respecto a la salud, esta cotización corresponde al 12,5 % del salario mensual, de los cuales, el 8,5 % está a cargo del empleador y el 4 % del empleado; mientras que, en lo referente a la pensión, el porcentaje de aporte es del 16 %, del cual un 12 % le compete al empleador y el 4 % restante al trabajador. 

(Más noticias: Qué es la UVB, la unidad con la que se ‘medirán’ elementos para mitigar la inflación)

Aportes a salud y pensión

Aportes a salud y pensión

iStock

(Vea: Salario mínimo 2024: qué impactos tendría en la economía del país un aumento muy alto)

En este grupo también se incluyen los pagos al sistema de riesgos laborales, cuyo porcentaje de contribución puede variar dependiendo de la actividad que se realiza. 

Ahora bien, cuando se habla de prestaciones sociales, ahí es donde entran a tener participación la prima de servicios y las cesantías. La primera hace referencia a una retribución correspondiente a 30 días de salario que se paga en dos partes a lo largo del año; la segunda, por su parte, tiene como finalidad servir como un tipo de ahorro y se liquida de forma anual. 

(Más noticias: Salario mínimo: empresarios no presentan cifra y reiteran cautela en el reajuste)

Dentro de estos gastos también se incluyen las vacaciones, un derecho del que goza todo trabajador dependiente y que se traduce en un descanso de quince días hábiles por cada año trabajado. Este periodo es remunerado con base al salario ordinario que devengue la persona el día en que comience a disfrutarlas.

En cuanto a la dotación, el Código Sustantivo de Trabajo establece que el empleador tiene la obligación de suministrar a sus trabajadores un vestido de trabajo y un par de zapatos mínimo tres veces cada año. Este concepto es obligatorio siempre y cuando la remuneración del trabajador no supere los dos salarios mínimos. 

JESSIKA RODRIGUEZ
Portafolio

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