Con la emisión de la Circular 003 del 1 de septiembre de 2025, el Ministerio de Trabajo dejó en firme el esquema que permite a los trabajadores dependientes que devenguen menos de un salario mínimo cotizar a la seguridad social con pagos flexibles. La medida posibilita que este grupo poblacional realice sus aportes a pensión, riesgos laborales y a la caja de compensación familiar por periodos inferiores a un mes.
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Esta disposición se da en cumplimiento a lo establecido en la reforma laboral (Ley 2466 de 2025) y la pensional (Ley 2381 de 2024), en las que se incluye la cotización por días o por semanas.
Dichas normativas especifican que en la afiliación al Sistema de Seguridad Social Integral de los trabajadores dependientes que se encuentren vinculados laboralmente por periodos inferiores a un mes o por días, la cotización se realizará de acuerdo con el reglamento existente.
De acuerdo con el ministro de Trabajo, Antonio Sanguino, “esta cotización a tiempo parcial amplía la formalización y protección social, permitiendo contribuciones más justas según el nivel real de ingreso e incluye a sectores flexibles o informales al sistema de seguridad social”.
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Antonio Sanguino, ministro del Trabajo
César Melgarejo / Portafolio
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¿Cómo funcionará?
De acuerdo con el documento, el pago de aportes de tiempo parcial de los cotizantes dependientes se podrá realizar a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (Pila), usando el tipo de cotizante número 51, también denominado ‘Trabajador de tiempo parcial’.
Teniendo en cuenta los días reportados en el mes, la plataforma liquidará por semanas la cotización a pensiones y a caja de compensación de la siguiente manera:
– Para entre uno y siete días cotizados (1 semana), el ingreso base de cotización será de un cuarto de un salario mínimo.
– Para entre ocho y 14 días cotizados (2 semanas), el ingreso base de cotización será de dos cuartos de un salario mínimo.
– Para entre 15 y 21 días cotizados (3 semanas), el ingreso base de cotización será de tres cuartos de un salario mínimo.
– Para entre 22 y 30 días cotizados (4 semanas), el ingreso base de cotización será de cuatro cuartos de un salario mínimo.
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Esquema de cotización flexible
Archivo particular
El texto también menciona que la cotización al Sistema General de Riesgos Laborales se deberá realizar
por el periodo mensual de 30 días y, en el caso de la salud, estos trabajadores pueden permanecer afiliados al régimen subsidiado o como beneficiarios de los regímenes contributivo, especial o exceptuado.
Además, tenga en cuenta que el Ministerio de Salud está finalizando los ajustes administrativos a la planilla para el recaudo de los aportes de los trabajadores independientes.
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