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Mintrabajo endurece las normas para incapacidades y evaluaciones médicas

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El Ministerio del Trabajo emitió hace unos días una nueva resolución que generó un nuevo debate sobre las normas laborales en el país, dado que cambió y endureció las reglas de juego para la realización de evaluaciones médicas ocupacionales y el manejo de incapacidades y evaluaciones médicas.

Esta medida, que afecta tanto a empleadores como a trabajadores y prestadores de servicios médicos, aunque busca garantizar un mayor control sobre la salud ocupacional y fortalecer la transparencia en el manejo de historias clínicas, ha generado inquietudes en ciertos sectores, ya que generaría impactos financieros y operativos en las empresas.

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El principal objetivo de la resolución es regular de manera estricta las evaluaciones médicas ocupacionales y el manejo de historias clínicas, aplicándose de manera uniforme a todos los trabajadores del país, sin importar el sector económico, el tipo de vinculación laboral o la afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales y así prevenir riesgos mediante una vigilancia más exhaustiva del estado de salud de los trabajadores.

Entre las modificaciones más relevantes, destaca la obligatoriedad de realizar evaluaciones médicas ocupacionales en seis momentos clave: pre-ingreso, periódicas (programadas o por cambio de ocupación), de egreso, post-incapacidad, por retorno laboral y de seguimiento o control, las cuales deben ser realizada por médicos especializados en seguridad y salud en el trabajo, quienes además deben contar con licencia vigente.

Trabajadores

Trabajadores.

EL TIEMPO

Así mismo, las evaluaciones periódicas se clasifican en programadas y por cambio de ocupación. Las primeras tienen como propósito monitorear los riesgos a los que está expuesto el trabajador, identificando cualquier alteración temprana en su salud y las segundas se realizan cuando el trabajador cambia de tareas o de entorno laboral, con el fin de garantizar que su condición física, mental y social sea adecuada para las nuevas funciones.

Además, se ha establecido la obligatoriedad de realizar evaluaciones médicas post-incapacidad en casos en que el trabajador haya estado ausente por más de 30 días, así como evaluaciones por retorno laboral cuando la ausencia haya superado los 90 días para asegurar que los trabajadores reincorporados puedan desempeñarse en condiciones de salud óptimas.

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Trabajos de alto riesgo

La normativa también regula estrictamente los casos en que los trabajadores están expuestos a condiciones de alto riesgo, como el trabajo en alturas, el manejo de sustancias peligrosas o la manipulación de alimentos, para los cuales, las evaluaciones deben incluir pruebas adicionales para garantizar que los empleados cumplan con los estándares de seguridad física y mental.

Asimismo, se prohíbe la exigencia de pruebas discriminatorias como las de embarazo o VIH para el acceso o permanencia en el empleo, salvo en situaciones laborales específicas que lo justifiquen, como que esté en riesgo la integridad de terceros. En caso de incumplimiento, las empresas enfrentarán sanciones significativas, incluyendo multas de hasta 2.455 Unidades de Valor Tributario (UVT), es decir, $122 millones.

Antonio Sanguino.

Antonio Sanguino, ministro de Trabajo.

Cortesía – A.P.I.

En esta resolución, la 1843 del 29 de abril del 2025, reza que los empleadores son responsables de asumir el costo de las evaluaciones médicas y de las pruebas complementarias, además de garantizar que las condiciones de trabajo se adapten según las recomendaciones médicas y además de las multas, el incumplimiento puede generar acciones legales si se demuestra un daño al trabajador.

Por su parte, las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL) deben ofrecer asistencia técnica a las empresas para la correcta implementación de los sistemas de vigilancia epidemiológica y la promoción de la salud ocupacional y el incumplimiento por parte de estas organizaciones también acarrea sanciones.

Entretanto, los trabajadores tienen la obligación de asistir a las evaluaciones programadas y cumplir con las recomendaciones emitidas por los especialistas, dado que la norma establece que de no hacerlo puede acarrear consecuencias laborales, incluyendo sanciones internas o incluso despidos justificados.

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Historias clínicas

Otro elemento que se regula nuevamente en esta resolución es la historia clínica ocupacional, que adquiere una relevancia fundamental, puesto que su manejo debe garantizar la confidencialidad y solo puede ser divulgada bajo autorización del trabajador o por mandato judicial, dejando claro que la custodia de estos documentos recae en los prestadores de servicios médicos y el incumplimiento de la reserva de esta información es considerado una infracción grave.

Aunque este cambio en las reglas de juego desde el Ministerio del Trabajo representa un avance significativo en la protección de los derechos laborales y la salud de los trabajadores, no se puede pasar por alto que el cumplimiento estricto de estas disposiciones puede generar costos adicionales para las empresas, especialmente aquellas con alta rotación de personal o que operan en sectores de alto riesgo.

Incapacidad médica

Incapacidad médica

iStock

Desde el Ministerio del Trabajo explicaron que la norma busca establecer óptimas condiciones de trabajo, garantizando un marco normativo claro y actualizado con el fin de asegurar condiciones laborales seguras y dignas que buscan proteger la salud de los trabajadores.

“El principal objetivo del Ministerio del Trabajo, siempre será proteger la salud de las trabajadoras y los trabajadores de Colombia. Con esta resolución se está asegurando que se responda a las necesidades del país y se convierta en una herramienta efectiva para la prevención de la enfermedad laboral y la promoción de la salud”, informaron.

Así las cosas, con esta resolución comienza una etapa en la que los empleadores debe ser más precavidos en el manejo de la salud ocupacional, pausas activas, controles médicos y hasta viáticos y manutención para quienes realizarán estas labores o de lo contrario se enfrentarán a procesos y reclamos por parte de las autoridades laborales.

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