Conforme pasa el tiempo y cambian las dinámicas del mercado laboral, nuevas problemáticas o desafíos surgen en el día a día de las autoridades, puesto que acciones que en un pasado eran vistas como normales, en este momento no son toleradas por la sociedad y se pide su total erradicación.
Este es el caso de lo que actualmente se conoce como acoso laboral, término que encierra cualquier tipo de comportamiento hostil y sistemático que se da en el entorno de trabajo, en el que una persona o grupo de personas actúa de manera reiterada para intimidar, humillar o perjudicar a un compañero de trabajo.
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Según los expertos, este acoso puede manifestarse a través de diferentes formas, como insultos, amenazas, aislamiento social, sobrecarga de trabajo, difamación, o incluso sabotaje del trabajo de la víctima y su objetivo del acoso laboral suele ser desestabilizar emocionalmente a la persona afectada, lo que puede llevar a consecuencias graves tanto para su salud mental como física, además de afectar su desempeño laboral y calidad de vida.
Procuraduría prende alertas
Si bien es un tema relativamente nuevo en la agenda pública, pese a que se presenta desde hace años, en Colombia ha cobrado relevancia en los años recientes, a tal punto que los organismos de control piden acciones del Estado y autoridades de vigilancia y control, para evitar que siga creciendo y erradicarlo de una vez por todas.
Esta semana la procuradora Margarita Cabello sostuvo que debido a las constantes evidencias y quejas sobre violencias basadas en género, entre ellas el acoso laboral, instauradas por los servidores públicos de múltiples entidades del Estado, se emitió una nueva circular con las directrices para el cumplimiento de las normas legales y reglamentarias, para la prevención, atención y sanción de este flagelo.
“La circular exhorta a las entidades públicas a cumplir a cabalidad con lo dispuesto por la Ley 1010 de 2006, para la prevención, corrección y sanción de las conductas de acoso laboral; refiriendo también la Ley 1257 de 2008, creada para la protección integral de las mujeres y una vida libre de violencias”, indicó la funcionaria.
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La procuradora Cabello agregó que “aunque tenemos la normativa, todavía existe desconocimiento por parte de algunos funcionarios sobre la aplicación de estas medidas que garantizan el derecho al trabajo en condiciones dignas y un ambiente laboral libre de violencias y hostigamientos”.
El documento refiere también el funcionamiento del Comité de Convivencia Laboral, el espacio en el que las empresas y entidades deben atender de manera confidencial, las conductas y casos que se presenten ya sea formulando un plan de mejora o en caso de que persista, remitir la queja al ente de control, tratándose del sector público.
“Frente a las denuncias de posibles dilataciones injustificadas en el trámite de una queja, la circular insta al Ministerio del Trabajo y al Departamento Administrativo de la Función Pública a revisar los términos de la ley, expresados en días, durante los cuales se deben surtir todas las etapas del procedimiento interno conciliatorio”, resaltó la funcionaria, que a su vez enfatizó en que para los casos de acoso sexual, una conducta no conciliable, deberá informar al Ministerio Público para el inicio del proceso disciplinario.
Finalmente, en este documento se incluyen los mandatos para la protección de los derechos de las víctimas de acoso, precisando que continuará con la vigilancia y control para garantizar que las entidades del Estado cumplan los preceptos constitucionales, legales y reglamentarios que garantizan el derecho al trabajo en condiciones dignas y el goce de un ambiente laboral libre de violencias y hostigamientos.