Es oficial. Este fin de semana entró en vigencia uno de los puntos más destacados de la reforma laboral del Gobierno Petro, que tiene que ver con el incremento gradual de los dominicales y festivos.
(Lea: Tasas de interés: se prevé un ciclo de recortes intermitente en el segundo semestre).
El ajuste elevará hasta un 80 % el pago diario en estos días, pero subirá gradualmente hasta llegar al 100 % en 2027.
En caso de que su empresa o empleador no realice el ajuste, a partir de ahora, los trabajadores podrán recurrir a tres mecanismos para hacer valer su derecho, establecido en la ley.
(Vea: Reforma laboral introduce obligaciones y sobrecostos que impactan a las mipymes).
Siguiendo el conducto regular, los empleados deben hacer el reclamo interno con la empresa o presentar una demanda ante el Ministerio de trabajo.
Así mismo, también pueden elevar una denuncia administrativa ante la Inspección del Trabajo.
(Además: El entretenimiento se digitaliza: 90 % de las boletas a eventos se venden por internet).
Para saber cuánto recibirá con este incremento, debe tomar el valor de la hora ordinaria y multiplicarlo por el 80% de recargo. Por ejemplo, si por una hora de trabajo cobra 10.000 pesos, el recargo en estas jornadas le remunerará 18.000 pesos.
Fechas clave
El incremento en el recargo dominical y festivo será gradual cada año hasta llegar al 100%. Tenga en cuenta las fechas clave:
– A partir del julio de 2025, se incrementaría el recargo por laborar en día de descanso obligatorio o festivo a 80%.
– A partir de julio de 2026, se incrementaría el recargo por laborar en día de descanso obligatorio o día de fiesta a 90%.
A partir de julio de 2027, todas las empresas ya tendrían que ceñirse al 100% de recargo.
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