Home Generalidades Reforma pensional: se podría renunciar al régimen de transición y devolver saldos

Reforma pensional: se podría renunciar al régimen de transición y devolver saldos

14
0
Google search engine

Luego de que el Ministerio de Trabajo diera a conocer el borrador que busca reglamentar la implementación de la reforma pensional una vez entre en vigencia a mitad de año, son más las dudas que certezas las que han quedado en el mercado, dado que varios puntos del documento publicado reavivan los temores por la sostenibilidad fiscal del nuevo sistema.

Así mismo, el hecho de que se introdujeran elementos como, la devolución de saldos, pese a que durante sus votaciones en el Congreso se dijo que no pasaría, han confundido a los diferentes actores del mercado, ya que se podrían presentar alegatos de inconstitucionalidad, además de los que ya enfrenta el Gobierno Nacional en las altas cortes por estos días.

Lea también: Minenergía suspendió temporalmente 48 estaciones de servicio en Norte de Santander

¿Qué contiene?

Analistas consultados por Portafolio, explicaron que si bien el borrador es un avance, no hay mayor desarrollo frente a lo que establece la ley, principalmente en temas como el papel que jugará Colpensiones cuando se convierta en Administradora del Componente Complementario de Ahorro Individual (Accai), la separación de funciones entre la administración de pensiones y la administración de recursos de terceros.

En su primera parte, el decreto confirma que el Ministerio del Trabajo
será la cabeza del nuevo sistema y el Consejo Nacional de Protección Social Integral para la Vejez, que asesorará al Gobierno en la formulación de estrategias y políticas para garantizar la sostenibilidad y equidad del sistema de pensiones y beneficios sociales.

Este Consejo será conformado por representantes del Gobierno, empresarios, trabajadores, pensionados y diversos sectores de la sociedad civil y su función es evaluar y sugerir medidas para mejorar la protección social en la vejez, además de coordinar iniciativas con la Comisión Técnica de Protección Social.

Reforma pensional

Reforma pensional

Sergio Ángel / Portafolio

Devolución de saldos

Luego de esto, en el marco de lo que se esperaba, confirma los tres pilares (solidario, semicontributivo y contributivo) y que a través de estos, se garantizan prestaciones como la renta básica solidaria, la pensión integral de vejez, la renta vitalicia, la pensión de invalidez y de sobrevivientes. Así mismo, dice que habrá Comisión Técnica que evaluará periódicamente la sostenibilidad del sistema y propondrá ajustes en cotizaciones, edades de pensión y otros parámetros clave, cuando se requiera.

Es en este punto donde se introduce uno de los primeros aspectos que llama la atención del borrador. Se trata de la devolución de saldos para quienes tengan más ahorro del necesario para financiar un beneficio de más del 80% del salario mínimo y estará a cargo del pilar contributivo. Durante los debates en Senado y Cámara para aprobar la ley, se había dicho que no se devolverían saldos, ya que todo se usaría en el fondo común que se iba a crear y llevó a muchos a hablar de expropiación del ahorro.

Más información: ‘Debemos esperar más del país en términos de la economía’: Grupo Aval

Se buscará crear un Sistema Actuarial de Equivalencias con el cual los afiliados del Pilar Contributivo podrán utilizar sus ahorros en el Componente Complementario de Ahorro Individual para adquirir semanas de cotización, con el fin de facilitar el cumplimiento del mínimo de semanas requeridas para acceder a una pensión integral de vejez o una prestación anticipada de vejez.

También hay que advertir que la metodología para convertir los ahorros en semanas será definida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Este sistema también permite, de manera opcional, el uso de ahorros del Pilar de Ahorro Voluntario para completar semanas. Además, el programa BEPS sigue operando bajo la normativa del Decreto 1494 de 2022, permitiendo el traslado de recursos al Sistema General de Pensiones. Sin embargo, este mecanismo no puede utilizarse para completar requisitos en pensiones de invalidez o sobrevivientes.

Antonio Sanguino.

Antonio Sanguino, ministro del Trabajo.

Cortesía – A.P.I.

Ahora bien, cuando un afiliado no logre cumplir con el mínimo de semanas requeridas para para recibir una prestación del régimen semicontributivo, puede solicitar la devolución de sus ahorros y si tiene recursos en el Componente Complementario de Ahorro Individual o en el Pilar de Ahorro Voluntario, estos serán entregados junto con sus rendimientos. En el caso del programa BEPS, los recursos no utilizados también pueden devolverse, pero sin los subsidios otorgados.

Entre tanto, si un afiliado fallece y no hay beneficiarios de pensión, sus ahorros pueden ser reclamados por los herederos, quienes deberán presentar una escritura pública de sucesión o una sentencia judicial, según corresponda y Colpensiones, como administrador del Componente de Prima Media, certificará el saldo y gestionará el pago único de los recursos a los herederos, garantizando que los ahorros sean parte del proceso sucesorio.

Puede interesarle: Banco AV Villas planea entrar en el negocio de las remesas

Renunciar a la transición

Otra de las sorpresas que trajo consigo el borrador de reglamentación para la reforma pensional es que si bien se estableció un régimen de transición que cobija a quienes tengan 750 semanas cotizadas en el caso de las mujeres y 900 semanas para los hombres al 1 de julio de 2025 y se les respetarán las condiciones de la Ley 100 de 1993.

Concretamente dice que “la persona beneficiaria del régimen de transición establecido en el artículo 75 de la Ley 2381 de 2024 podrá optar por la aplicación preferente del Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte de origen común de resultarle más favorable”.

Colpensiones

¿Cuáles son los teléfonos para hablar con un asesor de Colpensiones?

Colpensiones

Quienes quieran acogerse a este cambio, deberán manifestarlo por escrito y sin condicionamiento alguno ante la respectiva Administradora, dejando claro “su voluntad de renunciar absolutamente al régimen de transición establecido en el artículo 75 de la Ley 2381 de 2024, así como su voluntad de acogerse integralmente al Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte de Origen Común”.

“Quienes sean beneficiarios del régimen de transición previsto en el artículo 75 de la Ley 2381 de 2024, y hayan elegido Administradora del Componente Complementario de Ahorro Individual – ACCAI, conforme a lo establecido en el artículo 7 del Decreto 1255 de 2024, no implica que hayan renunciado a la transición, toda vez que esta renuncia debe ser expresa y sin condicionamiento alguno”, dice la norma.

Puede interesarle: Pei está estructurando una emisión de títulos de hasta $500.000 millones, ¿para qué?

Este punto ha sido comentado ampliamente entre los actores del sistema pensional, dado que quienes renuncien al régimen de transición quedarán sujetos a las nuevas reglas del sistema, lo que puede afectar la forma en que se calculará su pensión, los requisitos de edad y semanas de cotización, y los beneficios a los que podrán acceder.

Por ejemplo, quienes quieran dejar de cotizar, y pasar al sistema solidario, para recibir una renta vitalicia podrían hacerlo, lo que generaría, según los expertos, presiones fiscales innecesarias al perder aportes programados en el corto y mediano plazo, una vez entre a regir la reforma.

Pensionado

Lo que debe saber antes de pensionarse.

iStock

Reducción de comisiones

Por último, entre las novedades del borrador está la reducción de comisiones, que si bien para el Gobierno busca mejorar los ahorros de los afiliados, representaría un golpe a la estabilidad del sistema de fondos de pensiones, desde donde se advierte que este cambio altera las reglas de juego de manera abrupta, reduciendo su margen operativo y desincentivando la competencia.

Los analistas que hablaron con Portafolio dijeron que esta reducción podría hacer menos atractivo el negocio, limitando la inversión en tecnología y la mejora en servicios para los afiliados. Además, advierten que menores comisiones no garantizan mejores pensiones si el sistema no se fortalece con otras reformas estructurales. Sin condiciones claras, esta medida podría traducirse en menor rentabilidad y, a largo plazo, en un sistema más débil.

source

LEAVE A REPLY

Please enter your comment!
Please enter your name here