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'Ruta 90' en compañía de la Armada de Colombia llega al corazón de los sucreños – Fuerzas Militares de Colombia

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La Armada de Colombia en coordinación con Cine Colombia, inició la travesía de la ‘Ruta 90’ en el corregimiento de Pita Abajo del municipio de Santiago de Tolú (Sucre).
La ‘Ruta 90’ realizará su recorrido por los municipios de Santiago de Tolú, San Antonio de Palmito, Coveñas, Colosó, Morroa, Buenavista, Los Palmitos, Ovejas y en la Isla Tintipán, en donde sus pobladores y turistas quienes gozarán de un rato de entretenimiento con la proyección de películas de estreno con ‘Cine Bajo las Estrellas’.
Esta iniciativa, permitirá cumplir el sueño de miles de niños, niñas, jóvenes y adolescentes de estas comunidades, quienes en compañía de sus familias disfrutarán por primera vez de la magia del séptimo arte.
Esta alianza entre el sector público y privado fomenta el aprovechamiento del tiempo libre, la generación de espacios de aprendizaje y el fortalecimiento del entorno cultural, en donde además de disfrutar de una película de estreno propiciará la integración entre los habitantes de la zona.
La Armada de Colombia continuará articulando esfuerzos con Cine Colombia y su programa ‘Ruta 90’, beneficiando a todas aquellas poblaciones del territorio colombiano que no cuentan con acceso a salas de cine, ofreciendo espacios de sano esparcimiento y contenidos cinematográficos dirigidos a todos los públicos.
Fuente: prensa – Armada de Colombia 

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Última Actualización
02 de agosto del 2019 

 NOTIFICACIONES JUDICIALES
 notificacionjudicial@cgfm.mil.co

De conformidad con la expedición del nuevo Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011) que rige a partir del 2 de Julio de 2012, así como las nuevas preceptivas legales establecidas por Ley 1341 de 2009 en el  tema de la sociedad de la información y la organización de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones – TIC  y la Ley 1395 de 2010, por la cual se adoptan medidas en materia de descongestión judicial; como disposiciones normativas que nos exigen la utilización de medios electrónicos.
Es así como el artículo 197 de la ley 1437 de 2011, dispone expresamente el deber de las entidades de contar con un correo electrónico para que el Juzgado realice las notificaciones judiciales y la procedencia de las notificaciones personales sólo a través de ese medio, así:
“Las entidades públicas de todos los niveles, las privadas que cumplan funciones públicas y el Ministerio Público que actúe ante esta jurisdicción, deben tener un buzón de correo electrónico exclusivamente para recibir notificaciones judiciales.
Para los efectos de este Código se entenderán como personales las notificaciones surtidas a través del buzón de correo electrónico”.
Por tanto se hace inminente debido a la entrada en vigencia de la citada disposición aportar lo más pronto que le sea posible, el correo electrónico institucional en donde habrán de surtirse las notificaciones judiciales.
CENTRO DE ATENCIÓN AL PÚBLICO
Punto de atención y orientación al ciudadano (CGAOC)
Dirección: Dirección: Carrera 58  N°44 b-18 Barrio Esmeralda-Bogotá D.C
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